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Cuando se requiera conocer los datos básicos de personas naturales y jurídicas inscritas en las cámaras de comercio de todo el país, solo hace falta acudir a la página de Internet del Registro Único Empresarial y Social, RUES, la cual permite la consulta mediante diferentes criterios.

Desde el año 2012, y en cumplimiento de lo ordenado por los artículos 166 y 172 del Decreto – Ley Antitrámites 019 de dicho año, las cámaras de comercio crearon la página www.rues.org.co, a través de la cual se pueden consultar gratuitamente los datos básicos de todas las personas naturales y jurídicas inscritas en cualquier cámara de comercio del país.

En el artículo 166 del Decreto Ley 019 de enero de 2012, se dispuso que a partir de marzo 1 de 2012 las cámaras de comercio serían las encargadas de administrar la información del nuevo RUES (Registro Único Empresarial y Social), el cual ya no solo integraría la información de personas naturales y jurídicas comerciantes, sino también hasta la información de otra serie de personas o entidades con ocupaciones especiales; por ejemplo, las que ejerzan las actividades de juegos de suerte y azar, o las que se inscribían en el Registro Nacional de Turismo, etc.

A raíz de que las cámaras de comercio aumentarían sus ingresos con el registro de nuevas entidades y personas, el artículo 172 del Decreto 019 dispuso lo siguiente:

“ARTICULO 172. INFORMACIÓN EN LA PÁGINA WEB DEL REGISTRO ÚNICO EMPRESARIAL Y SOCIAL -RUES-. A partir de abril de 2012, para fines informativos, las Cámaras de Comercio darán acceso gratuito a través de la página web del RUES al menos a la siguiente información básica de las personas incorporadas en su registro: Cámara de comercio donde se registra la persona, razón social, número de identificación tributaria, fecha de renovación, fecha de matrícula, fecha de vigencia, tipo de organización, categoría de la matrícula, estado de la matricula, actividad económica, establecimientos, agencias o sucursales, representantes legales principales y suplentes, y limitaciones de su capacidad de contratar.”
¿Cómo hacer la consulta de los datos del RUES?

Cuando se ingresa a la página www.rues.org.co, cualquier usuario puede utilizar diferentes criterios para acceder a los datos básicos de los inscritos en dicho registro.

¿Cómo consultar virtual y gratuitamente los datos básicos de los inscritos en cámaras de comercio?
Es posible hacer la consulta ya sea digitando la “Razón Social o Nombre” del inscrito, o utilizando el “Número de Identificación”, o la “Matrícula Mercantil”.

Si se escoge, por ejemplo, la opción de consultar con la “Razón Social”, el sistema de la página dejará conocer los datos de las diferentes cámaras de comercio en las cuales la entidad consultada tiene registrada algún tipo de oficina, sucursal o agencia.

¿Cómo consultar virtual y gratuitamente los datos básicos de los inscritos en cámaras de comercio?

Con dicha información desplegada, lo único que se debe hacer es dar clic en el ícono “RM” (Registro Mercantil), o los demás que allí se despliegan frente a la ciudad respectiva donde está ubicada la Cámara de Comercio que reportó la información, y de esta manera se puede acceder a datos básicos como los siguientes:

¿Cómo consultar virtual y gratuitamente los datos básicos de los inscritos en cámaras de comercio?

La utilidad de poder contar con este tipo de consultas

La posibilidad de hacer este tipo de consultas de datos básicos sirve mucho para agilizar los procesos de auditoría internos de las empresas, en especial de aquellas que por ejemplo deben estar verificando si sus clientes, a los que otorgarán créditos, son empresas legales que cumplen con renovar oportunamente los registros mercantiles.

“se hará necesario seguir solicitando en las cámaras de comercio los respectivos certificados de existencia y representación legal, por los cuales sí se debe pagar un valor”
En todo caso, si se requiere más información adicional, se hará necesario seguir solicitando en las cámaras de comercio los respectivos certificados de existencia y representación legal, por los cuales sí se debe pagar un valor, pero que de igual forma se pueden adquirir virtualmente.

Para aquellos inscritos en cámaras de comercio que lleven más de 5 años sin renovar el registro mercantil, debe tenerse presente que la Ley 1727 de julio de 2014 dispuso que solo tendrán hasta julio de 2015 para renovar sus registros, pues de lo contrario se les cancelará el registro mercantil (caso de las personas naturales) o se les declarará en disolución y liquidación (caso de las personas jurídicas).

(www.actualicese.com)